
A pesar del llamado del PRI a analizar la propuesta, la bancada del PAN y su aliada reformaron el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para que hasta el 31 de octubre puedan nombrarse al gobernador interino.
El diputado panista Luis Ladino Ochoa presentó la iniciativa para reformar la fracción I del artículo 204 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, adicionando un segundo párrafo a dicha fracción.
La modificación quedó: “Tan pronto se reciba la solicitud de renuncia o licencia del Gobernador o se conozca su fallecimiento, ausencia o incapacidad, la Oficialía Mayor turnará el asunto de inmediato al Presidente del Congreso o de la Comisión Permanente”.
“En su caso, convocándose a una sesión, dentro de las 24 horas siguientes, para los efectos de turnar el asunto a la Comisión de Justicia Gobernación y Poderes; y a otra sesión, dentro de las 48 horas, a efecto de que dicha comisión presente el dictamen correspondiente”.
“Cuando la necesidad de nombrar gobernador interino, sea como consecuencia de la nulidad de la elección decretada mediante resolución definitiva por la autoridad electoral jurisdiccional o no esté hecha y publicada la elección de Gobernador”.
“El término para que la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes presente el dictamen en el que propondrá a la Asamblea el nombre de la persona que deberá ocupar el cargo de Gobernador Interino del Estado, se realizará a más tardar el 31 de octubre del año en que termine el periodo constitucional del ejecutivo en turno”.
Luis Ladino afirmó que el reglamento establecía que en un termino 48 horas una vez que fuera turnado el asunto, la citada comisión tendría que presentar el dictamen para nombrar gobernador interino, pero está limitado para privilegiar los consensos en el caso de la anulación de la elección.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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